Consultoría, asesoramiento y gestión
de asociaciones y fundaciones
balance social

¿Tu entidad tiene la obligación de presentar el balance social?

07/10/2022. Departamento Legal CAF Gestión
balance social
El balance social es una herramienta más de transparencia que permite rendir cuentas y medir el impacto social, ambiental y de buen gobierno. A través de este documento, las entidades reflexionan y evalúan los resultados de sus acciones, mediante una perspectiva social y económica, al tiempo que permite hacer crecer la confianza de los grupos de interés en el momento de comunicarlo.

¿Qué tiene que incluir?

Para la elaboración de este documento, se utilizan unos indicadores cualitativos y cuantitativos que permiten realizar un análisis objetivo del impacto de la acción de la entidad en un período determinado. Cada entidad tendrá que escoger su propia estructura, aunque, mínimamente, debe incluir:
  • Misión de la entidad: misión, visión y valores; actividades y proyectos realizados; trabajo en red; personas beneficiarias.
  • Personal y voluntariado (si los hubiere): igualdad de género, formación, riesgos laborales...
  • Organización y buen gobierno: quien forma parte de la entidad, transparencia e información económica.
  • Gestión medioambiental.
  • Proveedores.

¿Y cuál es la diferencia con la memoria?

En el balance social debe incluirse el impacto de los proyectos según los indicadores que se hayan establecido. Este documento es complementario a la memoria de actividad.

Pero, ¿es obligatorio?

Aunque es recomendable para todas las organizaciones, sólo es obligatorio para aquellas entidades registradas en Cataluña que:
  • Más del 40% de sus ingresos anuales proceden de las administraciones públicas.
  • Han recibido ingresos superiores a 60.000€ por parte de la administración pública durante un ejercicio.

¿Dónde debe publicarse?

El balance social debe ser visible en la web y debe mantenerse, como mínimo, durante 6 años. No cumplir con esta normativa puede provocar la prohibición de recibir subvenciones públicas de la Generalidad de Cataluña durante 1 año y una sanción de entre 1.000 y 4.000 €.